PROHIBICIÓN DEL ACETAMIPRID EN PLATANERA

El pasado 19 de agosto entró en vigor la modificación del Reglamento (UE) 2025/158, que actualiza los Límites Máximos de Residuos (LMR) de acetamiprid en distintos cultivos. Entre los productos afectados se encuentra el plátano, cuyo LMR ha quedado reducido a 0,01 mg/kg, el nivel mínimo detectable por los métodos analíticos actuales.
Esto supone en la práctica la prohibición del uso de Gazel Plus (acetamiprid) en platanera, ya que el producto ha sido excluido del listado de fitosanitarios autorizados para este cultivo en Canarias.
Un cambio clave para el sector platanero
La Comisión Europea justificó esta medida tras constatar que los LMR anteriores podían superar la dosis de referencia aguda (ARfD) en plátano y al no haberse presentado alternativas de uso seguras para mantener valores más altos.
Ante este escenario, la estrategia del sector deberá centrarse en reforzar las prácticas culturales para mantener el control de plagas:
- Realizar deshojados y desgarepados con mayor frecuencia.
- Lavar las plantas solo con agua, agua con jabón o, en algunos casos, con aceites parafínicos a bajas dosis para evitar daños.
- Poner el foco de los tratamientos en las piñas de plátano, que son finalmente el producto que llega al mercado, más que en mantener la planta libre de plagas.
Mirando al futuro
La decisión marca un punto de inflexión en la protección del plátano canario. El sector deberá adaptarse a una gestión más sostenible y con menos margen en el uso de fitosanitarios de síntesis, lo que refuerza la importancia de la innovación agrícola y de las buenas prácticas en finca.
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