Los productores de Próteas ya pueden beneficiarse de la nueva subvención en la isla de Gran Canaria en 2022

Los productores de Proteas ya pueden beneficiarse de la nueva subvención en la isla de Gran Canaria (1)

La Prótea es una flor endémica de las regiones del Sur de África y su periferia. Se valora como una de las flores más antiguas que existen y sus características especiales hacen que sea un reclamo en el mercado.

La isla de Gran Canaria cuenta con grandes parcelas dedicadas al cultivo de la protea que ya no son tan rentables como se esperaba.

Exportaciones de próteas sufren dificultades post pandemia

En los últimos tiempos ha sufrido cambios en su producción debido a la baja demanda producida por las modificaciones del mercado en época post-pandémica.

Las parcelas dedicadas al cultivo de próteas exportaban grandes cantidades de la flor al mercado internacional, en su mayoría Holanda y China.  Las dificultades en las relaciones comerciales han hecho que esto cambie.

Como en la mayoría de las variantes del sector primario, se ha visto afectada por los cambios de consumo y en estos momentos puede generar más pérdidas que beneficios.

Creación de una Subvención para apoyar al sector productor de Prótea en Gran Canaria

Por ese motivo se ha creado una subvención para paliar la inversión realizada por los agricultores y ayudar de esta manera con los gastos que supone su cultivo. Estos incluyen desde los sistemas de riego, los abonos y productos fitosanitarios, etc.

Los destinatarios de la ayuda son aquellas personas físicas o jurídicas que sean propietarios de fincas que se dediquen a la plantación de Próteas.

La fecha límite para presentar la solicitud de ayuda es el 30 de noviembre de 2022. Tramita tu solicitud en el siguiente link:

https://cabildo.grancanaria.com/servicios?articleId=542979

Bases de la convocatoria:

[Link bases convocatoria en PDF]

Presentación de solicitudes:

Se pueden solicitar las ayudas de forma telemática o presencial (Esta última modalidad exclusiva para las personas físicas no obligadas a presentar las solicitudes de forma telemática, en base al artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

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